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Gestión de Cooperativas:
Utilizamos nuestra experiencia a lo largo de todas las fases de desarrollo de proyectos inmobiliarios, priorizando a los socios como actores clave en la creación de futuros hogares. Colaboramos estrechamente con empresas constructoras, profesionales técnicos y entidades financieras con el objetivo de garantizar resultados y niveles de calidad que satisfagan plenamente a nuestros clientes. Mantenemos una coordinación constante con ellos a lo largo de todo el proceso.
Una vez establecidas las directrices generales del proyecto, te acompañamos en el proceso de inscripción como interesado.
Después del análisis financiero, se procede a la formalización del contrato de afiliación, que incluye una contribución al capital social y una reserva que te permitirá seleccionar tu futura vivienda.
Una vez efectuadas las aportaciones necesarias, se formalizará el contrato de asignación provisional.
A través de asambleas generales y reuniones con el consejo de administración, mantendremos al cooperativista informado sobre la evolución del proyecto de forma continua.
Tras la conclusión de las obras y la revisión de las viviendas, se llevará a cabo la entrega de las llaves y se establecerá la comunidad de propietarios.
Todo lo que necesitas saber:
Una cooperativa de viviendas es una entidad sin fines de lucro que reúne a individuos con la necesidad de una vivienda sin la intervención de un promotor inmobiliario. La "autopromoción" es su eficiente enfoque, donde los miembros se unen para construir sus hogares colectivamente.
El objetivo principal de una cooperativa de viviendas es adquirir viviendas de alta calidad al menor costo posible. La cooperativa prioriza la satisfacción de las necesidades de sus miembros, promoviendo la asequibilidad en la adquisición de viviendas y la garantía de estándares de calidad.
Sus miembros son copropietarios de las viviendas, la cooperativa tiene su propia entidad legal, y los socios participan activamente en decisiones cruciales para el desarrollo de las viviendas, garantizando transparencia y satisfacción de necesidades.
Una cooperativa de viviendas es una entidad sin fines de lucro que reúne a individuos con la necesidad de una vivienda sin la intervención de un promotor inmobiliario. La "autopromoción" es su eficiente enfoque, donde los miembros se unen para construir sus hogares colectivamente.
El objetivo principal de una cooperativa de viviendas es adquirir viviendas de alta calidad al menor costo posible. La cooperativa prioriza la satisfacción de las necesidades de sus miembros, promoviendo la asequibilidad en la adquisición de viviendas y la garantía de estándares de calidad.
Sus miembros son copropietarios de las viviendas, la cooperativa tiene su propia entidad legal, y los socios participan activamente en decisiones cruciales para el desarrollo de las viviendas, garantizando transparencia y satisfacción de necesidades.
La Ley y los Estatutos de la cooperativa definen los órganos sociales, que son designados, controlados y gestionados por los socios:
La Asamblea General es el órgano supremo que representa la voluntad de la cooperativa y toma decisiones clave en la promoción. Todos los socios son miembros de la Asamblea General.
El Consejo Rector es el órgano de gobierno y gestión de la cooperativa, sujeto a la Ley, los Estatutos y la política general establecida por la Asamblea General.
Los interventores son el órgano de supervisión de la cooperativa y su función principal es verificar las cuentas anuales.
Adhesión voluntaria y abierta.
Gestión democrática por parte de los socios.
Participación económica de los socios.
Autonomía e independencia.
Educación, formación e información.
Cooperación entre cooperativas.
Interés por la comunidad.
La principal ventaja de adquirir una vivienda a través de una cooperativa es el costo final de la misma.
Además de la oportunidad de obtener una vivienda asequible, comprar una vivienda a través de una cooperativa implica que los socios pueden participar activamente desde el inicio de la promoción en la toma de decisiones clave y en los órganos de gobierno de la cooperativa.
La participación del socio abarca aspectos como la aprobación del proyecto de construcción y la posibilidad de proponer mejoras en la calidad de las viviendas, siempre mediante consenso entre los socios.
Por último, los planes de aportaciones a largo plazo, que suelen ser comunes en las Sociedades Cooperativas debido a la duración típica de una promoción de viviendas en régimen de cooperativa, hacen que la adquisición de la vivienda sea más accesible.
Aportaciones Aseguradas: Se crea una cuenta especial para garantizar las contribuciones de los socios, respaldada por un aval de una empresa aseguradora, asegurando la devolución de fondos si las viviendas no se entregan.
Garantía Técnica: La cooperativa emplea un equipo de profesionales con experiencia en arquitectura, ingeniería y aparejadores para supervisar y asesorar en todos los aspectos técnicos del proyecto.
Garantías Constructivas: Se contrata un seguro decenal que garantiza la calidad y durabilidad de la construcción a largo plazo.
Garantía de Gestión: La cooperativa firma un contrato de gestión con una empresa especializada en promociones inmobiliarias, formada por profesionales con reputación y experiencia.
Transparencia Informativa: Los socios tienen acceso a información completa y participan en decisiones clave a través de la Asamblea General de socios.
Disposición de Fondos: Las contribuciones se depositan en una cuenta especial y solo pueden usarse para gastos relacionados con la construcción. La gestión de fondos requiere la firma conjunta de dos miembros del Consejo Rector, elegidos por la Asamblea General.
Auditoría Externa: Se someten las cuentas a una auditoría externa antes de presentarlas a la Asamblea General, garantizando la transparencia financiera.
Solicitud del certificado de denominación negativa: Antes de constituir una cooperativa, se debe solicitar un certificado que confirme que la denominación social elegida no coincide con la de otra cooperativa. Esto se solicita al registro central de cooperativas o al de la comunidad autónoma donde la cooperativa operará.
Otorgamiento de la escritura pública de constitución: Se puede celebrar una asamblea constituyente para aprobar los estatutos sociales antes de acudir al notario. La escritura pública de constitución debe elevar a público el acuerdo de constitución de la cooperativa en un plazo máximo de dos meses desde la asamblea. En la escritura, se debe incluir un certificado de ingreso en la entidad bancaria que refleje la aportación obligatoria mínima al capital social por cada uno de los socios promotores.
Solicitud del CIF provisional: La cooperativa debe gestionar un CIF provisional (Código de Identificación Fiscal) a través de la notaría o directamente ante la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria).
Inscripción en el registro de cooperativas: Después de liquidar el impuesto de Actos Jurídicos y Documentados en la Comunidad Autónoma, la escritura de constitución debe presentarse en el registro de cooperativas correspondiente para su inscripción. Hasta que la inscripción esté completada, la denominación social llevará el término "en constitución." El plazo para presentar la escritura en el registro es de dos meses desde el otorgamiento de la escritura de constitución.
La principal ventaja de adquirir una vivienda a través de una cooperativa es el costo final de la misma.
Además de la oportunidad de obtener una vivienda asequible, comprar una vivienda a través de una cooperativa implica que los socios pueden participar activamente desde el inicio de la promoción en la toma de decisiones clave y en los órganos de gobierno de la cooperativa.
La participación del socio abarca aspectos como la aprobación del proyecto de construcción y la posibilidad de proponer mejoras en la calidad de las viviendas, siempre mediante consenso entre los socios.
Por último, los planes de aportaciones a largo plazo, que suelen ser comunes en las Sociedades Cooperativas debido a la duración típica de una promoción de viviendas en régimen de cooperativa, hacen que la adquisición de la vivienda sea más accesible.
Aportaciones Aseguradas: Se crea una cuenta especial para garantizar las contribuciones de los socios, respaldada por un aval de una empresa aseguradora, asegurando la devolución de fondos si las viviendas no se entregan.
Garantía Técnica: La cooperativa emplea un equipo de profesionales con experiencia en arquitectura, ingeniería y aparejadores para supervisar y asesorar en todos los aspectos técnicos del proyecto.
Garantías Constructivas: Se contrata un seguro decenal que garantiza la calidad y durabilidad de la construcción a largo plazo.
Garantía de Gestión: La cooperativa firma un contrato de gestión con una empresa especializada en promociones inmobiliarias, formada por profesionales con reputación y experiencia.
Transparencia Informativa: Los socios tienen acceso a información completa y participan en decisiones clave a través de la Asamblea General de socios.
Disposición de Fondos: Las contribuciones se depositan en una cuenta especial y solo pueden usarse para gastos relacionados con la construcción. La gestión de fondos requiere la firma conjunta de dos miembros del Consejo Rector, elegidos por la Asamblea General.
Auditoría Externa: Se someten las cuentas a una auditoría externa antes de presentarlas a la Asamblea General, garantizando la transparencia financiera.
Solicitud del certificado de denominación negativa: Antes de constituir una cooperativa, se debe solicitar un certificado que confirme que la denominación social elegida no coincide con la de otra cooperativa. Esto se solicita al registro central de cooperativas o al de la comunidad autónoma donde la cooperativa operará.
Otorgamiento de la escritura pública de constitución: Se puede celebrar una asamblea constituyente para aprobar los estatutos sociales antes de acudir al notario. La escritura pública de constitución debe elevar a público el acuerdo de constitución de la cooperativa en un plazo máximo de dos meses desde la asamblea. En la escritura, se debe incluir un certificado de ingreso en la entidad bancaria que refleje la aportación obligatoria mínima al capital social por cada uno de los socios promotores.
Solicitud del CIF provisional: La cooperativa debe gestionar un CIF provisional (Código de Identificación Fiscal) a través de la notaría o directamente ante la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria).
Inscripción en el registro de cooperativas: Después de liquidar el impuesto de Actos Jurídicos y Documentados en la Comunidad Autónoma, la escritura de constitución debe presentarse en el registro de cooperativas correspondiente para su inscripción. Hasta que la inscripción esté completada, la denominación social llevará el término "en constitución." El plazo para presentar la escritura en el registro es de dos meses desde el otorgamiento de la escritura de constitución.
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