La Ley y los Estatutos de la cooperativa definen los órganos sociales, que son designados, controlados y gestionados por los socios:
La Asamblea General es el órgano supremo que representa la voluntad de la cooperativa y toma decisiones clave en la promoción. Todos los socios son miembros de la Asamblea General.
El Consejo Rector es el órgano de gobierno y gestión de la cooperativa, sujeto a la Ley, los Estatutos y la política general establecida por la Asamblea General.
Los interventores son el órgano de supervisión de la cooperativa y su función principal es verificar las cuentas anuales.